Comunicado: Familiares de desaparecidos demandan ante la Corte Constitucional ser víctimas de discriminación

COMUNICADO DE PRENSA

Familiares de desaparecidos demandan ante la Corte Constitucional ser víctimas de discriminación y de requisitos inhumanos

Una demanda de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional será presentada el día de mañana por familiares de desaparecidos congregados en la Fundación Nydia Erika Bautista para los Derechos Humanos junto con el Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad, DEJUSTICIA.  Esta demanda está respaldada por numerosos familiares de desaparecidos de varias regiones del país, la Comisión Colombiana de Juristas, la Corporación AVRE y la Corporación VINCULOS especializados en atención psicosocial a las víctimas del conflicto armado.

Aunque en Colombia los casos de víctimas de desaparición forzada están ocultos para la sociedad y son confundidos con el secuestro, las víctimas de este delito suman ya las 50.000 personas según la Fiscalía General de la Nación. Según informa la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas, entre el 2002 y el 2009 el número de desaparecidos asciende a la escalofriante cifra de 7.000.  Hasta la fecha el paradero de estas 7000 personas se desconoce.

Pero si esta situación discurre invisible para la sociedad, la realidad de discriminación que viven los y las familiares de las víctimas va mucho más allá: alcanza los límites de la inhumanidad.  La razón es que sumado al calvario de impunidad y a la incertidumbre permanente por desconocer la suerte de sus seres queridos, los familiares de las víctimas, en su mayoría madres y mujeres, no son reconocidas por la ley, y los funcionarios públicos les exigen requisitos inhumanos para acceder a ciertos beneficios establecidos para las víctimas de la violencia política.

Tal es el caso de la Ley 418 de 1997 -prorrogada en varias ocasiones- que discrimina a las víctimas de desaparición forzada ya que no las incluye dentro del conjunto de víctimas de la violencia política, y del Reglamento Operativo de la Asistencia Humanitaria de Acción Social que tampoco lo hace. En virtud de esta omisión, algunos funcionarios exigen a los familiares de los desaparecidos que presenten un certificado de defunción para acceder a la ayuda humanitaria,  exigencia esta que resulta imposible por no haber sido encontrada la víctima viva o muerta; o en su defecto les insta a declarar a sus familiares muertos a través de un proceso civil de declaración de muerte presunta, requisito a todas luces desproporcionado para quien no ha podido vivir el duelo.
En medio del conflicto armado y del agravamiento de la crisis humanitaria, amenazados en sus lugares de origen o desplazados en pueblos o ciudades, los familiares de los desaparecidos recurren al Estado y a Acción Social, esperanzados en que se les reconozcan sus derechos para aliviar las graves cargas jurídicas, psicológicas y sociales que heredan de la desaparición forzada.     Sin embargo no encuentran una respuesta y, lo que es peor, sus peticiones son rechazadas por ser familiares de desaparecidos no cobijados por la ley.
La exigencia de un certificado de defunción a los familiares de desaparecidos forzadamente ignora el daño a la integridad mental que estos han sufrido y no contempla las consideraciones de la jurisprudencia internacional, particularmente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que ha señalado que el sufrimiento de los familiares de los desaparecidos equivale a tortura. La demanda de inconstitucionalidad busca sacar de la invisibilización las desapariciones forzadas, acabar la discriminación legal y eliminar los requisitos excesivos que el Estado les impone al asimilarlos a casos de muerte por homicidio, atentados o masacres.  Igualmente busca sensibilizar a la comunidad internacional sobre los riesgos de un mayor daño y de una revictimización de las víctimas de desaparición forzada.

Vea la demanda:

2010-04-21_Acción pública de inconstitucionalidad