Memorial por las Mujeres víctimas de desaparición forzada

Peticiones de medidas urgentes de asignación especial, investigación, tipificación y sanción
Bogota, 31 de agosto de 2012

Día Internacional de las víctimas de desaparición forzada

Señores

FISCALIA GENERAL DE LA NACION

Dr. Eduardo Montealegre, Fiscal General de la Nación

Dra. Marlen Barbosa, Directora Unidad de derechos Humanos y DIH

E. S. M.

Asunto:   Memorial por las Mujeres víctimas de desaparición forzada – Peticiones de medidas urgentes de asignación especial, investigación, tipificación y sanción

Respetados Doctores:

 Reciban un respetuoso saludo. Con ocasión del Día Internacional de las víctimas de desaparición forzada estatuido por la Ley 1408 de 2010, nos dirigimos a ustedes para poner en su consideración varias peticiones a sus Despachos sobre la grave situación de las desapariciones forzadas de mujeres y la necesidad de medidas específicas de la Fiscalía general y de la Unidad de derechos Humanos y DIH sobre este delito atroz.

En Colombia las mujeres víctimas de desaparición forzada no tienen un lugar en la historia oficial y no oficial del conflicto armado, aunque son miles las desaparecidas, 4.000 aprox. según estadísticas  del Registro Nacional de Desaparecidos, nadie las nombra, ni reivindica sus derechos, parece como que no existieran, nadie se conmueve ni reclama por ellas!

 El 30 de agosto se conmemoran 25 años de la desaparición forzada, tortura y ejecución sumaria de Nydia Erika Bautista. Aunque  su cuerpo fue hallado  sin ropa interior y torturada  según el dictamen  del Comité de Derechos Humanos de la ONU, la Fiscalía nunca investigó los indicios de alguna forma de violencia  sexual. Igualmente, a pesar de las recomendaciones internacionales tampoco se han llevado a juicio a los varios militares oficiales  y suboficiales del XIII Batallón de Inteligencia y Contrainteligencia de Bogotá y de la III Brigada de Cali que coordinaron y participaron  en el crimen y que según se desprende del expediente pudieron haber cometido delitos posteriores de fraude a la justicia para encubrir a altos  oficiales como  se desprende de las consideraciones y decisiones adoptadas en otras investigaciones judiciales y declaraciones recientes. Los únicos 4 oficiales y suboficiales  investigados, fueron librados  de toda responsabilidad  por un Fiscal de la Unidad de Derechos Humanos y DIH de la Fiscalía en el 2006 y restituidos  a su cargo  por 3 jueces del Consejo de Estado en marzo de 2011. Los familiares  de la Victima continúan recibiendo hostigamientos por sus intentos de romper la impunidad absoluta.

 Nydia Erika es solo uno de muchísimos casos de desaparición forzada de mujeres donde persiste una enorme impunidad sobre los autores. De los siguientes casos conocidos por la opinión pública, el 80% no tuvo una investigación abierta o aunque se recopilaran pruebas no obtuvieron un fallo de condena y en los casos con sentencias nunca se investigó la violencia contra la mujer, en algunos de ellos el fuero militar sirvió para cerrar, dilatar o desviar las investigaciones que después pasaron a la justicia ordinaria sin corregir los .

 En similar estado de impunidad han quedado los casos de la desaparición forzada de Omaira Montoya (Barranquilla, 1977), Irma Franco (Palacio de Justicia, 1985), de Amparo Tordecilla (Bogotá, 1989), 6 mujeres en caso Palacio de Justicia (1985), Mónica Patricia García (1988), Nancy Apraez y su bebé (Popayán, 1994, con 14 condenados, dos no capturados en 10 años y sin reparación al niño víctima), las jovencitas Galárraga, (Putumayo, 2001), Diana Reyes (Casanare, 2003), cinco jovencitas del Resguardo San Marcelino (Putumayo, 2005), Sandra Viviana Cuéllar  (Cali, 2010) y Carolina Torres (Ecuador, 2012).

 En otros casos en la justicia ordinaria (4 jovencitas Galárraga), (5 jovencitas desaparecidas forzadamente del resguardo San Marcelino en octubre de 2005), Orfilia Guisao, Lidia Queta Criollo, la Fiscalía 50 Seccional de La Hormiga adoptó resolución inhibitoria a los pocos meses de sucedidos los hechos y solo recientemente –después de 10 años de denuncias- en un caso (Galárraga) a petición de la parte civil empezó a investigar a algunos de los autores. Por su parte, la Unidad de Justicia y Paz solo ha vinculado a uno de más de veinte autores paramilitares. El caso de las 5 jóvenes indígenas reclutadas forzadamente y desaparecidas está paralizado desde que fue archivado por una resolución inhibitoria hace 5 años.    

 Según los tratados internacionales suscritos por Colombia, la Fiscalía está en el deber de investigar los patrones de violencia contra las mujeres desaparecidas, los indicios de desnudez forzada, de abuso, o violación sexual sufridas en su cautiverio y a la que son sometidas estas víctimas por ser mujeres-políticas, mujeres-campesinas, mujeres-indígenas, mujeres-guerrilleras, mujeres-estudiantes, mujeres-población civil. Por su parte, la sociedad colombiana y sus familiares tienen derecho a que se haga justicia y a conocer la verdad y los quién, cómo y por qué de este grave delito que en ciertas circunstancias pueden constituir crímenes de lesa humanidad.

 Con base en la situación expuesta, hacemos un llamado respetuoso a la fiscalía General y en particular a:

A la Directora de la Unidad de Derechos Humanos y DIH de la Fiscalía General de la Nación:

  • Adoptar las medidas necesarias para cumplir con el deber de garantizar que los casos son investigados y llevado a juicio a sus autores y que durante las investigaciones de casos de mujeres víctimas de desaparición forzada bajo el conflicto armado y la violencia sociopolítica, sean considerados seriamente los indicios y pruebas de vulneraciones que por razón de su género hayan sufrido en su cautiverio.
  • Crear una Unidad de Género al interior de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, con un grupo adecuado de Fiscales de dedicación exclusiva a género, asignación de recursos técnicos, de policía judicial y de recursos humanos.
  • Asignar a un Fiscal de Género de la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía los casos de desaparición forzada de mujeres conexos violencia sexual, tortura, reclutamiento forzado o ejecución sumaria, que estén bajo su conocimiento y dotar los/as Fiscales de los recursos físicos, humanos y de policía judicial adecuados para llevar con eficacia sus labores especializadas.
  • En el caso de Nydia Erika bautista actuar con celeridad y cumplir el compromiso hecho hace tres (3) años por el anterior Jefe de la Unidad de derechos Humanos Dr. Hernando Castañeda de someter el caso a revisión de la Corte Suprema de Justicia con base en los fundamentos legales. Actuar con celeridad en el desarrollo de una investigación seria y responsable y llevar a juicio a los autores bajo las normas del debido proceso.
  • En el caso de las 4 jovencitas Galárraga, impulsar la reasignación de la investigación a un fiscal del Género como corresponde. En el caso de las 5 jovencitas reclutadas y desaparecidas forzadamente del resguardo San Marcelino en octubre de 2005, de Lidia Queta Criollo, de la campesina Orfilia Guisao y su esposo y de casos de mujeres familiares de desaparecidos víctimas de violencia sexual impulsar con urgencia la reasignación de las investigaciones a un Fiscal de Género al interior de la Unidad de Derechos Humanos y DIH.
  • · Asegurar que los hallazgos de violencia sexual cualquiera sea su forma, no se trivialice y sea parte esencial de las investigaciones, de la teoría del caso y de la tipificación de los delitos cometidos, y que estos se visibilizan adecuadamente en las resoluciones y que las sentencias dignifican a las víctimas, en especial de atentados contra integridad física, mental y sexual y contra su libertad personal.

Al Fiscal General de la Nación

 ·Impulsar y facilitar la creación de una Unidad de Género al interior de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, con un grupo de Fiscales, asignación de recursos adecuados técnicos, de policía judicial y de recursos humanos

  • ·Solicitamos adoptar medidas para que la oficina de Asignaciones a su cargo General trate con importancia y agilidad las solicitudes de reasignación de casos de mujeres desaparecidas forzadamente en concordancia con su gravedad , los tratados internacionales ratificados por el país y los deberes de búsqueda de las víctimas que de ellos se derivan para el Estado colombiano. Que asigne de oficio y someta a estudio por cuenta propia a la Unidad de Derechos Humanos los casos de mujeres desaparecidas forzadamente, y no solo a petición de las/os interesada/os.

 

Agradecemos la atención que se sirvan brindar a la presente.

 Atentamente,

Fundación Nydia Erika Bautista para los Derechos Humanos

Siguen más de 500 firmas

 

Copias: Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas en Colombia

Embajadas de Estados Unidos, Suecia, Alemania, España, Francia, Gran bretaña, Argentina

PNUD-Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo

Grupo de Trabajo sobre desapariciones forzadas de la ONU

Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Amnistía Internacional

Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas

Parlamentaria Andina, Dra. Gloria Flórez

Representante a la Cámara, Dr. Iván Cepeda

Mesa de Trabajo sobre desaparición Forzada Coordinación Colombia Europa Estados Unidos

Mesa Interinstitucional de Apoyo a Víctimas de Desaparición Forzada

Defensor del Pueblo

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