La tortura y la desaparición forzada, a debate en el Congreso

Polémico debate por derecho a la vida

Por El Tiempo
La Comisión Primera de la Asamblea, después de un debate de casi seis horas, se abstuvo ayer de consagrar en el informe a la Plenaria, que la tortura y la desaparición forzada sean contemplados como delitos. La Comisión tuvo que hacer tres votaciones para lograr la aprobación final de un texto más austero. El proyecto inicial de una subcomisión planteaba que estas conductas la tortura y la desaparición forzada fueran tipificadas en la nueva Constitución como delitos. Sinembargo, la Comisión se dividió frente a esta propuesta. El ministro de Gobierno, Humberto de la Calle Lombana, terció en la controversia y afirmó que la calificación de las conductas que pueden convertirse en delitos es una competencia de la ley y no de la Constitución.

Hubo cerca de 14 propuestas sustitutivas que fueron examinadas durante toda la jornada con mucho detalle, intentando conseguir el consenso de las diversas fuerzas políticas representadas en la Comisión. El ex presidente Misael Pastrana Borrero propuso consagrar en la Carta la no tortura y la no desaparición forzada como un derecho, y dijo que Colombia lograría de esta manera un acto de arrepentimiento en la Constitución .

Augusto Ramírez Ocampo reforzó la tesis de Pastrana y la justificó plenamente, al advertir que es necesario llevar este precepto a la Constitución, pues Colombia debe empeñarse en poner fin a las violaciones de los derechos humanos a través de esas prácticas. Al discutir el concepto de derecho a la vida, en el mismo artículo, la Comisión se volvió a dividir.

Las constituyentes María Mercedes Carranza y Aída Avella se opusieron a la fórmula gramatical que consagraba que el derecho a la vida es inviolable . Alegaron que si se establecía este principio, la propia Constitución abría la puerta para que otros derechos fueran violados.

Alberto Zalamea, con la fórmula de la inviolabilidad buscaba además cerrar el paso a la posibilidad de establecer el aborto, previsto en un artículo posterior cuyo estudio no se ha iniciado.

Después de tres votaciones, la comisión aprobó por 10 votos contra tres y dos abstenciones, el siguiente texto: El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte. Nadie será sometido a desaparición forzada, a torturas, ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes .

Por otra parte, en otro debate un poco menos polémico, aprobó un concepto de igualdad según el cual, toda persona, hombre o mujer, nace libre e igual ante la ley y goza de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación. El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos víctimas de discriminación o que se encuentren marginados .

De la misma manera aprobó el artículo primero, relativo a la función vital de las autoridades, las cuales están instituídas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares. El incumplimiento de este deber, por acción u omisión, dará lugar a la responsabilidad que consagra la Constitución y la ley .

Finalmente, aprobó un artículo que consagra que la Paz es un derecho y es un deber de obligatorio cumplimiento para todos , propuesto por Diego Uribe Vargas.

Fuente: http://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-64909

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