Familiares de desaparecidos piden a la Corte avalar la autonomía de la Unidad de Búsqueda

Pronunciamiento de familiares de victimas de desaparicion forzada

Bogotá, 23 de junio de 2017

Señores CORTE CONSTITUCIONAL
Dr. Luis Guillermo Guerrero Pérez
Presidente y Magistrado Ponente
Ciudad

Estimados señores y señoras de la Corte Constitucional:

En la presente fecha, nos dirigimos a ustedes para referirnos al Acuerdo Humanitario suscrito por las Partes en la Mesa de diálogos de Paz y al Decreto 589/17 que organiza la nueva Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas, que hoy se encuentra en sus manos para su estudio de constitucionalidad.

Los familiares de los desaparecidos que suscribimos la presente miembros de la Fundación Nydia Erika Bautista, provenientes de las regiones del Putumayo Resguardo Indigena San Marcelino y sus Cabildos Menores, afrodescendientes del Norte del Valle del Cauca, familiares de niños, niñas y mujeres desaparecidas de Bogotá, Casanare, Meta, Cundinamarca, Boyacá, Madres por la Vida de Buenaventura, Familiares Colombia de Santa Marta, La Victoria, La Dorada, Puerto Salgar y Casanare, Madres del Meta y Guaviare, Colectivo Sociojurídico Orlando Fals Borda, mujeres de la organización Narrar para Vivir, de la organización Mujer Sigue mis Pasos y Madres de Soacha y Red Latinoamericana contra las desapariciones forzadas-Capítulo Colombia, nos dirigimos a ustedes para interpelarlos y manifestarles:

  1. Que como sujetos y sujetas activas por la paz de Colombia tras 50 años de conflicto armado interno, durante el cual fueron desaparecidos y desaparecidas nuestros seres queridos, ponemos nuestras esperanzas en sus manos para que al hacer el estudio de constitucionalidad del Decreto 589 de 2017 que organiza la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas materialicen en su decisión la centralidad de las víctimas contenida en el Acuerdo Final de Paz Gobierno-FARC.
  2. Que cuando se pronuncien sobre la norma en mención, consideren explícitamente la imperiosidad de darle la suficiente autonomía a la nueva Unidad de Búsqueda de Personas desaparecidas y garanticen que tendrá independencia del poder ejecutivo o judicial, para garantizar su labor humanitaria.
  3. Que al estudiar la constitucionalidad de ese decreto, prioricen los derechos de las víctimas de desaparición forzada en los tratados internacionales suscritos por Colombia, en particular el derecho a que nuestros seres queridos sean buscados seriamente, superando la negligencia de la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas, que nos revictimizó y profundizó el daño causado y la incertidumbre convirtiendo nuestra existencia en una muerte en vida al no cumplir su deber de impulsar políticas para buscarlos y las investigaciones para honrar nuestro derecho a la verdad y a la justicia.
  4. Interpelamos a la Corte Constitucional para que al estudiar el Decreto 589/17 rechace el contexto actual, de nuevas desapariciones forzadas como las de los menores de edad Juan Esteban Moreno Pachón, Brayan Andrés Montaño y Henry Mauricio Castillo Soche, ocurridas el 22 de febrero de 2017 en el Barrio San Cristóbal Norte, que muestran la grave persistencia de este crimen atroz en la transición al posconflicto y el alto riesgo que corre la gente pobre en zonas rurales y urbanas y en Bogotá, niños, niñas, jóvenes, mujeres, líderes sociales y de derechos humanos, a pesar y en contra del proceso de paz.
  5. Pedimos a la Corte Constitucional no impedir que la sociedad sepa la verdad de las desapariciones forzadas cometidas o toleradas por agentes del Estado solos o coludidos con grupos paramilitares o Bacrim y que dé vía libre al acceso a información de inteligencia para determinar la suerte y el paradero de nuestros seres queridos.
  6. Que al analizar la constitucionalidad de la norma, incluyan decisiones sobre la cruel realidad de los niños, niñas y mujeres desaparecidas, y sus familiares que sufrieron torturas y violencia sexual y rechacen tal práctica.
  7. Que al fallar sobre el Decreto 589/17 tengan en cuenta los graves daños causados por las desapariciones forzadas a la población negra y a las comunidades indígenas violentadas gravemente durante el conflicto armado y que se respeten los derechos y territorios ancestrales y las decisiones de las autoridades indígenas y ancestrales previamente a cualquier labor de exhumación.
  8. Llamamos a la Corte que al considerar la exequibilidad del Decreto, se respete el derecho inalienable de los desaparecidos por los grupos paramilitares y sus sucesores, a ser buscados rigurosamente, aunque se hayan postulado o no a la Ley de Justicia y Paz, hayan sido condenados o no, y sean amparados bajo las disposiciones del derecho internacional de los derechos humanos y la Constitución Política de Colombia.
  9. Urgimos a la Corte a garantizar el respeto al que todas las víctimas de desaparición forzada seamos tratados como iguales ante y por la ley , sin tratos diferenciados ni distinción y a que sea la Unidad de Búsqueda la que asuma esta misión constitucional.
  10. Instamos a la Corte Constitucional a que tenga muy en cuenta la grave negligencia de la Fiscalía General de la Nación, del instituto de Medicina Legal, en su labor de registro de los desaparecids, y de la policía judicial, todos que están en deuda histórica con los derechos de los desaparecidos y sus familias. Y a que elimine del Registro Nacional la categoría de “mujeres desaparecidas sin información” por el cual estas no son buscadas, afectando más de 25.000 niñas y mujeres.
  11. Llamamos a la Corte Constitucional a volver sus ojos al estado de cosas inconstitucional que vivimos las víctimas de desaparición forzada y sus familiares siendo 60.800 víctimas registradas según el Centro Nacional de Memoria Histórica, por la alta tasa de negligencia en la búsqueda de nuestros seres queridos que atenta contra nuestro derecho a la Verdad y el 99% de casos en total impunidad registrado por la administración de justicia al haber fallado en su historia solo 135 sentencias en 40 años.

Firmamos,

FUNDACION NYDIA ERIKA BAUTISTA: Regionales Valle del Cauca, Cauca, Casanare, Meta, Bogotá, Putumayo

MADRES POR LA VIDA – Buenaventura RESGUARDO INDIGENA SAN MARCELINO – Putumayo

FAMILIARES COLOMBIA: Regionales Santa Marta, La Dorada, La Victoria, Puerto Salgar, Casanare

MADRES DE SOACHA: Luz Marina Bernal, María Ubilerma Sanabria, Lucero Carmona

NARRAR PARA VIVIR – Montes de María

MUJER SIGUE MIS PASOS MADRES DEL META Y GUAVIARE

COLECTIVO SOCIOJURIDICO ORLANDO FALS BORDA Y red de familiares de personas desaparecidas en los Llanos Orientales

FAMILIARES PALACIO DE JUSTICIA Pilar Navarrete, Juan Francisco Lanao

RED LATINOAMERICANA CONTRA LAS DESAPARICIONES FORZADAS Capítulo Colombia

 

Los magistrados a los cuales se dirige la misiva:

Magistrados de la Corte Constitucional (Foto: Corte)