Plantean reforma para frenar Impunidad
Cada 10 horas en Colombia, durante los primeros siete meses de este año, una persona fue asesinada por motivaciones políticas. En ese periodo, el 26 por ciento de los 515 asesinatos políticos corresponde a campesinos. En el 61 por ciento de las muertes, se desconoce el origen del presunto responsable. Sin embargo, las cifras, recopiladas por el Centro de Investigación y Educación Popular (Cinep), señalan que en el 20 por ciento de los casos los presuntos autores fueron grupos de paramilitares.
La responsabilidad por las muertes políticas es atribuida en un 10 por ciento a las Fuerzas Militares. Sigue la Policía, con un cinco por ciento en la responsabilidad. El cuatro por ciento es atribuido a grupos guerrilleros. Las desapariciones forzadas siguen presentando cifras altas. Hasta el 31 de julio se habían presentado 59 casos por razones de tipo político. En 34 de ellos, los presuntos responsables fueron miembros de las Fuerzas Militares. Ante este preocupante panorama en el marco de los derechos humanos en el país, la Liga Internacional por los Derechos, elaboró un estudio, que presentó en mayo pasado al Gobierno y al Congreso de la República.
El informe Propuesta para la superación de la impunidad de crímenes de lesa humanidad , plantea la necesidad de una reforma a algunos artículos de la Constitución de 1991, y la legislación reglamentaria, además de crear un Tribunal especializado y una comisión temporal de esclarecimiento de crímenes. En la propuesta se presenta un proyecto de ley que tipifica los delitos de totura, genocidio, y los crímenes de Lesa Humanidad. Se establecen además las posibles penas. Así, quienes incurran en delitos como desaparición forzada deberán pagar prisión de 20 a 25 años; genocidio, de 30 a 35 años; homicidio de lesa humanidad, de 20 a 30 años; tortura, de 15 a 20 años; y tratos crueles o inhumanos, de 5 a 10 años.
Por su parte, el proyecto de acto legislativo para reformar algunos artículos de la Constitución prevé que no puedan ser objeto de indulto, amnistía ni ningún otro tipo de gracia las personas que cometan esstos delitos. En el mismo proyecto se pretende la modificación del artículo 91 de la Constitución, para que sea abolido el principio de debida obediencia en los hechos no estrictamente militares. El proyecto señala que en caso de infracción manifiesta de un precepto consstitucional en detrimento de alguna persona, el mandato superior no exime de responsabilidad al agente que lo ejecuta. Los militares en servicio quedan exceptuados de esta disposición cuando se trate de delitos típicamente militares. En esos casos, la responsabilidad recaerá en el superior que da la orden .
El proyecto pretende además que se reactive la extradición solo en los casos en que el solicitado por otro país haya cometido en Colombia delitos de lesa humanidad. A su vez, se pretende que el Estado se encargue de la reparación a la sociedad, a las víctimas y a sus familiares. Por ahora, la propuesta no ha tenido eco ni en el Gobierno, ni en el Congreso. Las penas El proyecto de ley establece circunstancias de atenuación y rebaja de las penas, según los delitos. Para la desaparición forzada, tortura y tratos crueles e inhumanos, la pena se agrava cuando estos hechos se cometen contra enfermos graves, minusválidos, menores de 16 años, mayores de 60 o mujeres embarazadas. Se disminuye hasta en la mitad, cuando en la desaparición, la víctima es puesta en libertad antes de 15 días.
Además de la pena de 25 a 30 años para quienes cometan genocidios, sin derecho a atenuación alguna, estipula condenas de prisión entre 10 y 15 años a quienes pongan en peligro o perturben gravemente la salud de un grupo humano, así como si atentan contra la reproducción o si trasladan por la fuerza a personas de un grupo a otro.