Corte declara exequible reforma al juzgamiento de militares
El pasado 26 de febrero, la Corte Constitucional profirió la sentencia C-084 de 2016, mediante la cual resolvió la demanda de inconstitucionalidad presentada contra la reforma al fuero penal militar, el 15 de julio de 2015, por organizaciones de derechos humanos entre ellas, La Corporación Jurídica Yira Castro, el Colectivo de abogados José Albear Restrepo, la Comisión Colombiana de Juristas y otras, acompañado por senadores, representantes a la Cámara, así como víctimas de falsos positivos.
La demanda se fundamentó en la inconveniencia del artículo 221 del Acto Legislativo 01 de 2015 con el cual se pretendía que en las investigaciones penales adelantadas por hechos atribuibles a miembros de la fuerza pública, en el marco del conflicto armado, se aplicaría exclusivamente el Derecho Internacional Humanitario, vulnerando con ello las obligaciones internacionales del Estado en materia de investigación integral de graves violaciones de derechos humanos aplicando el DIDDHH, el principio de independencia de administración de justicia al imponer a los jueces criterios de interpretación y uso restrictivo de fuentes, y el derecho de igualdad y acceso a la justicia de las víctimas de graves violaciones de derechos humanos cometidos por miembros de la fuerza pública quienes serían sometidos a procedimientos y reglas distintas a las aplicables a víctimas de otros actores participes del conflicto armado.
En esta sentencia la Corte declara exequible la reforma al fuero penal militar, sin embargo aclara que en la investigación y juzgamiento de las conductas delictivas de los miembros de la Fuerza Pública se deben aplicar de manera concurrente y complementaria tanto las normas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos como las normas del Derecho Internacional Humanitario.
La Corporación Jurídica Yira Castro se complace del éxito de la demanda en la medida en que la Corte Constitucional atendió los argumentos presentados por los demandantes. Sin embargo, reitera que estará al pendiente de hacer cumplir y respetar los criterios mencionados en los casos en que se investiguen conductas de la Fuerza Pública que vulneren derechos a la vida, la libertad, la integridad u otros derechos.
Fuente: http://cjyiracastro.org.co/actualidad/comunicados/la-corte-constitucional-declara-exequible-la-reforma-al-fuero-penal-militar/